Tipos de Organizaciones Solidarias

Fondo de Empleados

  • Cooperativas.
  • Mutuales.
  • Empresas solidarias de salud.
  • Empresas comunitarias.
  • Cooperativas de trabajo asociado.
  • Asociaciones.
  • Fundaciones.

¿Qué son las organizaciones solidarias y los fondos de empleados?

  • Las organizaciones solidarias vigiladas por la Supersolidaria son empresas que siendo de iniciativa privada, desarrollan fines de beneficio colectivo o social y no tienen como fundamento el enriquecimiento la posesión o crecimiento del capital Económico.
  • Los Fondos de Empleados son empresas asociativas de derecho privado.
  • Sin ánimo de lucro.
  • Constituidas por trabajadores dependientes de instituciones privadas o empresas públicas.
  • Su objeto social es el ejercicio de una actividad socio-económica.
  • La administración la ejercen los mismos asociados.
  • Los asociados son dueños y usuarios del fondo.
  • La responsabilidad del asociado es ilimitada. Ante terceros cada asociado responde inicialmente hasta el monto de sus aportes y en forma suplementaria con el monto de sus ahorros permanentes. El fondo de Empleados responde ante terceros con la totalidad de su patrimonio y suplementariamente con el monto de los ahorros permanentes de sus asociados.
  • Son organizaciones sostenibles.
  • Desarrollan 3 actividades: económica, social y cultural solidaria.
  • Económica: producción de bienes y servicios.
  • Social: atiende las necesidades de sus asociados y su grupo familiar y de la comunidad.
  • Cultural y solidaria: como dinamizador de los anteriores, haciendo que los asociados cumplan con sus responsabilidades como usuarios y a la vez sean aportantes y gestores a partir de la autogestión que les permita generar recursos para soportar sus acciones  en beneficio de todos.
  • Adquirir conocimientos sobre los objetivos, características, reglamentación y funcionamiento de los Fondos de Empleados en general y de este Fondo en particular.
  • Comportarse siempre con espíritu solidario frente al Fondo y sus asociados.
  • Acatar las normas estatutarias y las decisiones tomadas por la Asamblea General y los órganos directivos y de control.
  • Cumplir oportunamente las obligaciones de carácter económico y demás derivadas de su asociación al Fondo.
  • Abstenerse de efectuar actos que afecten o puedan afectar la estabilidad económica o el prestigio social del Fondo.
  • Utilizar y recibir los servicios que preste el Fondo de Empleados.
  • Realizar con el Fondo todas las operaciones autorizadas por los Estatutos y reglamentos en las condiciones establecidas en éstos.
  • Participar en las actividades del Fondo y en su administración, mediante el desempeño de cargos sociales.
  • Ser informado de la gestión del Fondo de conformidad con lo establecido estatutariamente.
  • Ejercer actos de decisión en las Asambleas Generales, de forma que a cada asociado hábil corresponde sólo un voto.
  • Fiscalizar la gestión del Fondo de Empleados.
  • Gozar de los beneficios y prerrogativas del Fondo de Empleados.
  • Retirarse voluntariamente del Fondo.

La participación de los asociados en FONMAÍZ tiene doble participación.  Son Dueños y Usuarios.